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Consejos para este verano
ofrece IRS a los contribuyentes.
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NUEVA YORK – Antes de
empezar un trabajo de
verano, irse de
vacaciones – o
vacacionar en casita – o
enviar a los chicos a un
campamento de verano, el
Ser-vicio de Impuestos
Internos (IRS) quiere
que usted sepa que
algunas actividades
veraniegas pudieran
calificarle para
beneficios tributarios.
Además, el IRS le
aconseja evitarse
problemas de impuestos
tomando ciertos pasos
ahora.
«Disfrute del verano,
pero cuídese de no
perderse beneficios
tributarios o crearse
problemas de impuestos»,
dijo la portavoz del IRS,
Sara Eguren.
En La Estrella de
Nicaragua el IRS publica
algunos consejos que
pudieran ayudarle a
reducir sus impuestos y
evitar problemas
tributarios a los
nicaragüenses residentes
en Estados Unidos:
1. Asegúrese de que su
empleador de verano lo
ponga en la categoría
adecuada. Aquellos con
empleos de temporada de
verano a veces son
clasificados
erróneamente como
trabajadores por cuenta
propia, en lugar de
empleados regulares. Los
empleadores que hacen
esto suelen no retener
impuestos de la paga de
sus empleados, dejándole
al trabajador la
responsabilidad de pagar
no solo impuestos por
ingresos sino también
impuestos del Seguro
Social y Medicare al
presentar sus
declaraciones. Los
trabajadores pueden
evitarse cuentas de
impuestos más altas y la
pérdida de beneficios si
saben su categoría
correcta.
2. Los empleados de
temporada de verano
pudieran estar exentos
de retenciones de
impuestos. Si obtuvo un
reembolso de todas sus
retenciones de impuestos
por ingresos del 2008 y
espera lo mismo para el
2009, usted pudiera
reclamar el estatus de
“exento” en su
Formulario W-4 al ser
empleado. Eso pudiera
aumentar su cheque
salarial y posiblemente
permitirle no presentar
una declaración federal
del 2009. Si reclama el
estatus de “exento”, su
empleador debería
retenerle impuestos del
Se-guro Social y
Medicare de su paga,
pero no impuestos
federales por ingresos.
3. ¿Se casa? Los recién
casados pueden disfrutar
más armonía conyugal
evitándose problemas de
impuestos. Primero,
reporte cualquier cambio
de nombre a la
Administración del
Seguro Social antes de
presentar su próxima
declaración de
impuestos. Luego,
reporte un cambio de
dirección al Servicio
Postal, su empleador y
al IRS para cerciorarse
de recibir material
tributario. Use la
Calculadora de
Retenciones disponible
en IRS.gov para estar
seguro de que sus
retenciones son
correctas, ahora que son
dos personas que tomar
en cuenta. Por último,
si piensan comprar su
primero hogar, no pasen
por alto el Crédito para
Primeros Compradores de
$8000.
4. Haga limpieza, done y
deduzca. Aquellas cosas
que hace mucho no usa y
aparecen al hacer
limpiezas de primavera o
ve-rano, probablemente
pudieran donarse a una
caridad calificada y
resultarle en una
deducción de impuestos,
siempre que estén en
buenas condiciones.
Usted debe tener recibos
de cualquier
contribución y presentar
una declaración
detallada para
calificar.
5. Sirva de voluntario,
deduzca el millaje.
Aunque no hay una
deducción tributaria por
el tiempo donado a una
causa caritativa,
manejar su propio
vehículo mientras dona
sus servicios en un
viaje patrocinado por
una caridad calificada
pudiera otorgarle un
beneficio tributario.
Quienes detallan sus
declaraciones pueden
deducir 14 centavos por
milla por millaje
conducido al servicio de
una caridad en el 2009.
Mantenga buenos archivos
de su millaje.
6. Obtenga un crédito
tributario por gastos de
campamentos diurnos de
verano. Un estudio
reciente mostró que el
22% de los niños en
EE.UU. son hispanos.
Este verano muchos de
ellos, menores de 13
años, necesitarán
alternativas de cuidado
durante las vacaciones
escolares mientras sus
padres trabajan. Una
solución popular—con
beneficios
tributarios—son los
programas de campamentos
del día para el ve-rano.
A diferencia de los
campamentos en los que
los niños pasan la
noche, el costo de un
campamento de verano
puede incluirse como un
gasto calificado para el
Crédito por el Cuidado
de Niños y Dependientes.
Para más detalles de
cual-quiera de estos
temas, visite
www.irs.gov o llame
gratis al IRS al
1-800-829-1040, marcando
la opción 2 para
español. |